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El control de accesos de los empleados, revoluciona el mercado

julio 19, 2019

Todas las empresas de España ya cuentan con un registro obligatorio del horario de sus empleados, tras la aprobación de un decreto que modifica el Estatuto de los Trabajadores. A partir del 12 de mayo del 2019, todas las empresas deben garantizar el registro diario de la jornada del trabajador; en esta tienen que incluir el inicio y la finalización con exactitud, de la jornada de cada trabajador.

El motivo de la decisión en esta ley, es para perfeccionar el registro de las horas extras y así, poder brindar una protección óptima de cara a los trabajadores, frente a las horas extraordinarias no remuneradas.

Para los trabajadores con jornada parcial, la actual normativa obliga a que deberán registrar su horario día a día y se totalizará mensualmente. El resumen de ese registro se deberá entregar cada mes junto con el recibo de salarios, incluidas las horas extraordinarias. En cambio, para los trabajadores con jornada completa, este registro debe incluir tanto el horario de inicio como de finalización de la jornada, incluyendo los trabajos en los que exista flexibilidad horaria.

Este registro debe conservarse durante cuatro años, y disponible para que lo consulten los trabajadores, los representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

¿A qué sanciones se enfrentan las empresas, por incumplimiento?

El modelo de registro de jornada que se acaba de implantar en España es sensiblemente más rígido que el de otros países desarrollados, ya que para aquellas empresas que no se paren a completar el cumplimiento de esta nueva ley supone unas multas de unos 626 y 6.250 euros. Aun así, no se ha acabado de determinar si esta sanción será única o si se podría llegar a multiplicar por cada trabajador afectado, siguiendo el artículo 7 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

En las grandes empresas ello podría significar, por tanto, sanciones importantes.

¿Qué cuestiones esenciales tenemos que tener presente?

  • La forma de registro es de libre elección para las empresas, siempre que garantice la fiabilidad e invariabilidad de los datos y refleje el día, la hora de inicio y la hora de finalización, de la jornada.
  • Es posible realizarlo mediante hojas firmadas o medios o aplicaciones tecnológicas.
  • No se consideran registro de jornada los calendarios u horarios laborales.

¿Cómo afecta esta ley a los salarios?

Principalmente, esta ley no tiene por qué modificar el salario de los trabajadores. Es más, al tener un registro más rígido de todas las horas laborables realizadas, puede provocar que algunas personas reciban una mayor retribución, ya que sus horas extraordinarias se contabilizaran con mayor exactitud y se retribuirán mejor.

Estas son unas breves pinceladas que te facilitaran estar al caso de la nueva ley que ha causado revuelo en las empresas. Si te preocupa el control de accesos en tu empresa, puedes visitar el CRM de CRMLab e indagar en la funcionalidad que ofrece de «Control de accesos».

Con CRMLab puedes tener esta funcionalidad, activándola desde tu cuenta de prueba en el Marketplace.

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